Social
AUXILIO POR SANCIÓN DE SUSPENSIÓN
Se otorgará un auxilio económico en caso de sanción disciplinaria debidamente ejecutoriada, siempre que la suspensión sea superior a 30 días, con un máximo de 5 meses, y que implique la privación del salario.
AUXILIO POR SANCIÓN DE DESTITUCIÓN
Al afiliado que sea sancionado con destitución como consecuencia de una sanción disciplinaria y deje de percibir salario, se otorgará un auxilio económico único, de hasta un (1) salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV). Se exceptúan de este beneficio los casos de renuncia voluntaria, llamamiento a calificar servicios, por voluntad del Gobierno y
retiro como pena accesoria penal.
*Los auxilios nombrados anteriormente, se otorgarán de acuerdo a la siguiente tabla:
TIEMPO DE PERMANENCIA
Menos de un periodo
de aportes (0-1)
Entre uno y dos periodos
de aportes (1-2)
Entre dos y tres periodos
de aportes (2-3)
Entre tres y cuatro periodos
de aportes (3-4)
Más de 5 periodos
de aportes (5-más)
AUXILIO POR %
SOBRE UN (1) SMMLV
25% de un salario mínimo
legal mensual vigente
40% de un salario mínimo
legal mensual vigente
60% de un salario mínimo
legal mensual vigente
80% de un salario mínimo
legal mensual vigente
100% de un salario mínimo
legal mensual vigente
PAGO DE AUXILIOS
• Para los afiliados del grupo «Full Beneficios», se otorgará el total del porcentaje.
• Para los afiliados de los grupos 1 y 2, se otorgará la mitad del porcentaje.
• El auxilio se otorgará por una única vez en cada período pactado o renovado
• Para los afiliados del grupo «Full Beneficios», se otorgará el total del porcentaje.
• Para los afiliados de los grupos 1 y 2, se otorgará la mitad del porcentaje.
• El auxilio se otorgará por una única vez en cada período pactado o renovado
• Para los afiliados del grupo «Full Beneficios», se otorgará el total del porcentaje.
• Para los afiliados de los grupos 1 y 2, se otorgará la mitad del porcentaje.
• El auxilio se otorgará por una única vez en cada período pactado o renovado
• Para los afiliados del grupo «Full Beneficios», se otorgará el total del porcentaje.
• Para los afiliados de los grupos 1 y 2, se otorgará la mitad del porcentaje.
• El auxilio se otorgará por una única vez en cada período pactado o renovado
• Para los afiliados del grupo «Full Beneficios», se otorgará el total del porcentaje.
• Para los afiliados de los grupos 1 y 2, se otorgará la mitad del porcentaje.
• El auxilio se otorgará por una única vez en cada período pactado o renovado